Notificación – Levantamiento autorización de utilización privativa dominio público (Terrazas)

26-May-2020

A consecuencia de la declaración del brote de SARS-COV-2 como Emergencia de Salud Pública de Importancia Internacional desde esta Alcaldía se consideró imprescindible la suspensión temporal de actividades que pudieran conllevar la congregación de personas.
Así, mediante Decreto nº 2020-0609 de 13 de marzo de 2020 se procedió a suspender la autorización de ocupación de dominio público para la instalación de terrazas o veladores, entre los días 12 y 26 de marzo, sin perjuicio de las prórrogas que pudieran llevarse a cabo, conforme a la declaración de la Organización Mundial de la Salud referente al brote de SARS-VOC-2 como Emergencia de Salud Pública de Importancia Internacional.
Como consecuencia de la situación de emergencia de salud pública ocasionada por el COVID-19, a escala nacional e internacional, el Gobierno, al amparo de lo dispuesto en el artículo cuatro, apartados b) y d), de la Ley Orgánica 4/1981, de 1 de junio, de los estados de alarma, excepción y sitio, declaró, mediante el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, el estado de alarma en todo el territorio nacional con el fin de afrontar la crisis sanitaria, el cual ha sido prorrogado en cinco ocasiones, la última mediante el Real Decreto 537/2020, de 22 de mayo, hasta las 00:00 horas del día 7 de junio de 2020, en los términos expresados en dicha norma.
En el momento actual, España ha iniciado un proceso de reducción gradual de las medidas extraordinarias de restricción de la movilidad y del contacto social establecidas mediante el citado Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo. Así, el pasado 28 de abril de 2020 el Consejo de Ministros adoptó el Plan para la transición hacia una nueva normalidad que establece los principales parámetros e instrumentos para la consecución de la normalidad. Este proceso articulado en cuatro fases, fase 0 a fase 3, ha de ser gradual y adaptable a los cambios de orientación necesarios en función de la evolución de los datos epidemiológicos y del impacto de las medidas adoptadas.
Habida cuenta de que la Comunidad de Madrid entra en la Fase I el 25 de mayo de 2020, es por lo que resulta de aplicación lo previsto en la Orden SND/399/2020, de 9 de mayo, para la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional, establecidas tras la declaración del estado de alarma en aplicación de la fase 1 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad (modificado por Orden SND/440/2020, de 23 de mayo, por la que se modifican diversas órdenes para una mejor gestión de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 en aplicación del Plan para la transición hacia una nueva normalidad).
En la fase 1 de la desescalada se permite la apertura de las terrazas de los establecimientos de hostelería con un aforo del 50% y cumpliendo una serie de medidas de seguridad, todo regulado en la referida Orden SND/399/2020, de 9 de mayo.

NOTIFICACION - LEVANTAMIENTO SUSPENSION AUTORIZACIÓN DE UTILIZACIÓN PRIVATIVA DOMINIO PÚBLICO (TERRAZAS)
NOTIFICACION - LEVANTAMIENTO SUSPENSION AUTORIZACIÓN DE UTILIZACIÓN PRIVATIVA DOMINIO PÚBLICO (TERRAZAS)
NOTIFICACION-LEVANTAMIENTO-SUSPENSION-AUTORIZACIÓN-DE-UTILIZACIÓN-PRIVATIVA-DOMINIO-PÚBLICO-TERRAZAS.pdf
0.2 MiB
131 Downloads
Detalles

Share This