Condenan al Ayuntamiento a la devolución de 5,2 millones de euros a Parque Temático de Madrid, S.A.
El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº4 de Madrid ha resuelto sentencia del Procedimiento Ordinario 270/2014, por la que se condena al Ayuntamiento de San Martín de la Vega a la devolución de 5,2 millones de euros a Parque Temático de Madrid, S.A. ingresados entre los años 2006 y 2014 como consecuencia de la anulación por parte del Tribunal Supremo en julio de 2013, del convenio urbanístico suscrito entre ambas entidades, la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid y ARPEGIO.
El fin del citado convenio, aprobado por unanimidad por el Pleno del Ayuntamiento el 31 de diciembre de 2005 y aprobado definitivamente por acuerdo de la Comisión de Urbanismo de la Comunidad de Madrid el 27 de diciembre de 2006, fue la modificación de las Normas Subsidiarias y Plan Parcial Parque de Ocio, por el cual se incrementó la edificabilidad en las parcelas lucrativas propiedad de Parque Temático de Madrid, S.A. de 825.000m2 a 1.130.000m2.
Desde entonces, Parque Temático de Madrid, S.A. ingresó al consistorio 500.000 euros en el año 2006, 750.000 euros a partir de julio de 2007, 1.000.000 euros en 2008 y 1.250.000 euros en 2014. Asimismo, como consecuencia de la monetarización parcial del aprovechamiento urbanístico a la que tenía derecho este Ayuntamiento, mediante un compromiso firme de aportación se ingresaron 300.000 euros y 1.720.000 euros el 15 de junio y el 2 de julio de 2007, respectivamente. En total, 5.200.000 euros.
Este acuerdo fue impugnado ante la jurisdicción contencioso-administrativa habiendo recaído sentencia el 20 de noviembre de 2009 del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que lo anula al entender que “no responde a una razón urbanística de carácter general municipal, ni a criterios de ordenación territorial, ni se justifica en una razón de interés público y que obedeció al único designio de salvar a una sociedad, de la difícil situación económica por la que atravesaba” y que “la modificación recurrida está viciada de desviación de poder puesto que el ejercicio de la potestad de planeamiento no fue encaminado a servir al interés público”.
Posteriormente, esta Sentencia fue recurrida y con fecha 9 de julio de 2013 por el Tribunal Supremo, dicta sentencia firme, confirmando así la sentencia del TSJM. A raíz de ello, Parque Temático de Madrid, S.A. exige que “se declare la resolución del Convenio de Urbanismo y del Compromiso firme de aportación, así como la restitución o el cese en la reclamación de las cantidades emanadas de los compromisos patrimoniales y económicos nacidos de los anteriores documentos”.
En este sentido, la sentencia del Procedimiento Ordinario 270/2014 estima el recurso interpuesto por Parque Temático de Madrid, S.A. y por tanto, “se condena al Ayuntamiento a restituir a la sociedad mercantil recurrente las cantidades emanadas de los compromisos patrimoniales y económicos nacidos del os citados Convenio y Compromiso”. Tras haber sido analizada por los servicios jurídicos del Ayuntamiento, se decidió no recurrir la citada sentencia pues “la resolución es clara y no cabe duda” y “las costas podrían ascender a 500.000 euros aproximadamente”.
Rafael Martínez, alcalde de la localidad, ha afirmado que “en estos momentos se abre un periodo de incertidumbre pues el Ayuntamiento es totalmente incapaz de restituir las cantidades reclamadas” y que “este hecho, de ejecutarse, supone que la situación económico-financiera del consistorio sería totalmente inviable y salvo que prosperase una posible negociación con Parque Temático, supondría tener que acometer medidas de ajuste presupuestario extremadamente duras”.
La sentencia ha sido facilitada a todos los grupos políticos del Ayuntamiento, quienes han sido los primeros en tener conocimiento de ello tras una reunión de los portavoces, y próximamente con los representantes sindicales del personal municipal.






